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Jornadas de Estudios Locales
Convocatoria 2024
Resolución del president del Instituto de Estudios Baleares del 23 de febrero de 2024 por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de estudios locales que se celebren en las Islas Baleares durante el año 2024.
PUBLICADA LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
1. Presupuesto
El crédito asignado a esta convocatoria es de 25.000 € (veinticinco mil euros).
2. Objeto y finalidad
Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de los estudios locales de las Illes Balears y a la edición y digitalización de las publicaciones que se desprendan de estas jornadas, durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2024.
3. Líneas
Se distribuye en las siguientes líneas de ayudas:
- Apoyo a la organización y producción de jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Illes Balears.
- Apoyo a la edición de las actas de las jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Illes Balears.
- Apoyo a la digitalización de las actas, pasadas o presentes, de las jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales realizadas en cualquier municipio de las IIlles Balears.
4. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios:
a) Asociaciones y entidades sin ánimos de lucro. Las personas jurídicas de los sectores de la investigación, las humanidades, la historia, la cultura, las artes, la música, la literatura, el deporte, entre otros, que puedan llevar a cabo la organización y la producción de jornadas de estudios locales, como también su edición o digitalización de las actas.
b) Los ayuntamientos de las Illes Balears, como también los organismos públicos que dependen de estos, que organicen este tipo de acontecimientos.
5. Plazo de presentación de la solicitudes
Del 1 de marzo de 2024 al 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
Las solicitudes se formalizarán obligatoriamente hasta un día antes del inicio del evento. Este apartado no rige para los casos siguientes:
- Las actividades que se hayan realizado antes de la publicación de la convocatoria en el BOIB, que se formalizarán obligatoriamente dentro del período especificado anteriormente.
- Las actividades que se lleven a cabo entre el 16 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, que también se tienen que formalizar obligatoriamente dentro del período especificado anteriormente.
6. Presentación de las solicitudes
Las solicitudes de ayudas para todas las convocatorias del IEB deben presentarse a través de la Sede Electrònica de la CAIB.
La presentación de documentación por vía electrónica es obligatoria para todas las personas jurídicas con residencia fiscal en España (empresas, cooperativas, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones), y recomendable para las personas físicas (individuos, personas dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y comunidades de bienes).
7. Fecha máxima de justificación
El plazo para justificar los gastos compesables objeto de la ayuda acaba en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de ejecución o desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión, si ya se ha realizado la actividad subvencionada.
Este texto es un resumen informativo. Os rogamos que lea la convocatoria oficial. Para más información, escríbanos a subvencions@iebalearics.org.